Un medicamento bioequivalente es el que el ISP reconoce como equivalente terapéutico de un producto de referencia. Para comprobar esa condición necesitas identificar el producto concreto: el precio, la marca de la farmacia o la palabra «genérico» en una conversación no sustituyen esa consulta.
El ISP explica la equivalencia terapéutica a partir de requisitos de registro, fabricación y evidencia comparativa o las excepciones técnicas que correspondan. Su finalidad es establecer la equivalencia con un producto comparador bajo las condiciones regulatorias aplicables. Esta guía ayuda a localizar esa información; no decide qué medicamento debe usar una persona.
Qué es un bioequivalente según la norma chilena
La norma distingue dos escalones. El Decreto 3 de 2010, reglamento de control de productos farmacéuticos, llama «equivalentes farmacéuticos» a los productos con los mismos principios activos en idéntica cantidad, la misma forma farmacéutica y la misma vía de administración, aunque sus excipientes puedan ser distintos (artículo 5, número 26).
Los «equivalentes terapéuticos» dan un paso más: al usarse según su rotulación, sus efectos de eficacia y seguridad son esencialmente los mismos, y eso se determina con estudios (artículo 5, número 27). El producto con el que se comparan lo fija la autoridad sanitaria y se llama «de referencia» o «comparador» (número 68).
Según el ISP, un equivalente terapéutico tiene el registro sanitario actualizado, el proceso de fabricación validado y un estudio de biodisponibilidad comparativa aprobado, o una bioexención. Esa condición lo hace intercambiable cuando además es equivalente farmacéutico o alternativa farmacéutica.
Ejemplo hipotético: dos cajas de comprimidos con el mismo principio activo y la misma dosis son equivalentes farmacéuticos. Solo tiene bioequivalencia demostrada la que figure en el ISP como equivalente terapéutico.
No reduzcas la consulta a tres etiquetas
«Marca», «genérico» y «bioequivalente» no deben utilizarse como tres casillas que se excluyen entre sí. La denominación comercial y la condición de equivalencia describen aspectos distintos. Por eso no corresponde afirmar que todo genérico carece de bioequivalencia ni que una marca o cadena garantiza esa condición.
Para qué sirve la bioequivalencia: estudios in vivo y bioexención
Sirve para demostrar que un producto puede intercambiarse con su comparador. Para eso se compara cuánto principio activo llega a la circulación y a qué velocidad, que es lo que el Decreto 3 llama biodisponibilidad (artículo 5, número 4).
El camino habitual es un estudio in vivo: un estudio farmacocinético de biodisponibilidad comparativa. La bioexención es la alternativa: estudios in vitro que, bajo ciertos criterios, reemplazan al estudio in vivo. El reglamento acepta estudios de tipo clínico, de biodisponibilidad, farmacodinámico o in vitro (artículo 5, número 32).
- Hoy la exigencia alcanza a los sólidos orales y a las soluciones acuosas. En estas últimas basta demostrar que el proceso de fabricación es reproducible, según el ISP.
- Qué principios activos deben demostrarla lo fija el Ministerio de Salud por decreto (Decreto 3, artículo 221). El ISP cita, entre otros, el Decreto Exento 115 de 2018.
- Se consideran demostrados los productos certificados por agencias reguladoras de alta vigilancia o precalificados por la OMS (artículo 221 bis).
Los estudios se hacen en centros evaluados por el ISP. En su página de centros de bioequivalencia y bioexención publica las listas de centros autorizados, actualizadas en septiembre y mayo de 2026.
Prepara los datos del envase
- Nombre completo y concentración.
- Forma farmacéutica y presentación.
- Número de registro que figura en el envase.
- Titular o laboratorio, si necesitas distinguir resultados parecidos.
Si tienes dudas para identificar alguno, consulta al químico farmacéutico. No deduzcas que dos productos son sustituibles porque comparten una palabra del nombre.
Consulta el registro del ISP
Desde la página de bioequivalencia del ISP accede al registro sanitario. El formulario permite buscar por nombre, principio activo, titular y número de registro; también ofrece filtros de equivalencia terapéutica y estado. El paso a paso del buscador está en la guía para consultar un medicamento en el registro del ISP.
- Busca primero el producto exacto, sin filtros adicionales que puedan ocultarlo.
- Comprueba que el resultado corresponde al registro y presentación que estás revisando.
- Consulta su condición de equivalencia y estado; no te quedes solo con la coincidencia del nombre.
- Si un filtro deja la búsqueda vacía, vuelve a revisar los datos antes de sacar conclusiones.
Al activar el filtro «Equivalencia Terapéutica», el formulario muestra inicialmente «Referente». No equivale a seleccionar «Equivalente Terapéutico»: comprueba qué opción estás usando. Este detalle importa si buscas un listado filtrado.
Cómo leer la ficha de un bioequivalente en el ISP
La lista de resultados no dice si el producto es equivalente; eso aparece al abrir la ficha con el ícono de lupa. En la tabla de resultados solo verás registro, nombre, fecha de registro, empresa, principio activo y control legal.
El filtro se llama «Equivalencia Terapéutica o Biosimilar» y tiene cinco opciones: Referente, Equivalente Terapéutico, Equivalente Terapéutico – Referente, Biosimilar y Referente Biotecnológico. Al revisarlo el 30 de septiembre de 2026, esas eran las alternativas del desplegable.
| Campo | Qué te dice |
|---|---|
| Registro | El número que debe coincidir con el de tu caja. |
| Equivalencia Terapéutica o Biosimilar | Si el producto figura como equivalente terapéutico, como referente o sin esa mención. |
| Titular | La empresa dueña del registro; sirve para separar productos de nombre parecido. |
| Estado del Registro | Vigente, No Vigente (con prohibiciones de la autoridad) o vigente con suspensión voluntaria de distribución. |
| Condición de Venta | Si se vende de forma directa o con algún tipo de receta. |
| Envases | Las presentaciones autorizadas y su contenido. |
Si tu caja trae el número de registro, escríbelo en «Número de Registro» sin activar otros filtros. En los resultados que revisamos, los registros de medicamentos empiezan con «F-».
Qué llevar a la conversación con el farmacéutico
| Lo que encontraste | Lo que conviene aclarar |
|---|---|
| Nombre parecido, distinta concentración | Si estás revisando el producto correcto; no cambies dosis por tu cuenta. |
| Otra forma farmacéutica | Si corresponde a tu indicación. El nombre del principio activo no basta. |
| Registro que no coincide con la caja | Cómo identificar el producto y resolver la diferencia. |
| Información de equivalencia | Cómo se aplica a la dispensación de tu receta concreta. |
El sello amarillo en la caja
Los productos que demostraron equivalencia terapéutica deben llevar el isologo «Bioequivalente», una franja amarilla en la parte inferior de al menos cuatro caras del envase secundario (Decreto 3, artículo 87). Cómo reconocerlo y qué no prueba lo explicamos en la guía sobre el sello bioequivalente y los términos del envase.
Si tu receta dice una marca
Si el medicamento recetado está entre los que deben demostrar bioequivalencia, el químico farmacéutico, a tu solicitud, dispensa alguno de sus bioequivalentes (Código Sanitario, artículo 101). Esa regla, la receta con denominación común y el listado que debe tener la farmacia están en la guía de la Ley 20.724 y la información que puedes pedir en la farmacia.
Lo que esta comprobación no demuestra
Consultar un registro no confirma existencias, precio, autenticidad de una unidad física ni adecuación de un tratamiento a tu situación. Tampoco verifica por sí solo la autorización de una tienda en internet; para ello consulta nuestra guía de autorización del establecimiento.
Fuentes y revisión
Consultadas el 30 de septiembre de 2026. Esta versión mantiene la corrección de la clasificación excluyente de genéricos y bioequivalentes. No se recomiendan sustituciones ni tratamientos.
- Bioequivalencia, ISP: definición de equivalente terapéutico, bioexención y formas farmacéuticas en exigencia.
- Centros de bioequivalencia y bioexención, ISP.
- Consulta Productos Registrados del ISP: filtros, resultados y ficha de producto.
- Decreto 3 de 2010, Reglamento del Sistema Nacional de Control de los Productos Farmacéuticos, artículos 5, 87, 221 y 221 bis.
- Código Sanitario, artículo 101.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los medicamentos bioequivalentes?
Son productos que demostraron ante el ISP su equivalencia terapéutica con un producto de referencia, mediante un estudio de biodisponibilidad comparativa o una bioexención. Por eso pueden intercambiarse con ese comparador.
¿Dónde veo los productos bioequivalentes del ISP?
En la Consulta Productos Registrados del ISP. Activa el filtro «Equivalencia Terapéutica», elige «Equivalente Terapéutico» y abre la ficha de cada resultado para ver el campo de equivalencia.
¿Bioequivalente y genérico es lo mismo?
No. «Genérico» se refiere al nombre del producto, la denominación común internacional. La bioequivalencia es una condición que se demuestra producto por producto, sea cual sea su nombre.
¿Qué tipos de estudios de bioequivalencia existen?
El Decreto 3 menciona estudios clínicos, de biodisponibilidad, farmacodinámicos o in vitro. En la práctica, el ISP pide un estudio farmacocinético in vivo o, cuando corresponde, una bioexención basada en estudios in vitro.
¿Una farmacia online debe ofrecerme el bioequivalente?
Sí, si el medicamento es de los que deben demostrar bioequivalencia. El sitio debe ofrecer la alternativa antes de que termines la compra (Decreto 466, artículo 87 F).
Si ya identificaste el producto y quieres comprarlo hoy, revisa las farmacias de turno de tu comuna.